Golpe judicial para Argentina: una jueza ordena entregar el 51% de YPF como parte de pago por fallo en EE.UU.

Una jueza de EE.UU. ordenó a Argentina entregar el 51% de YPF como parte de pago por un fallo de USD 16.000 millones. Impacto clave en energía y soberanía nacional.

Argentina30/06/2025Salta MiningSalta Mining
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Una decisión judicial en Estados Unidos sacudió nuevamente los cimientos de la economía argentina y encendió las alarmas en el sector energético. La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, falló a favor de los demandantes del caso por la estatización de YPF y ordenó a la República Argentina transferir su participación mayoritaria en la petrolera estatal como parte del cumplimiento de una sentencia por 16.000 millones de dólares.

La resolución judicial establece que Argentina debe traspasar las acciones Clase D de YPF —que constituyen el 51% del capital de la compañía— a una cuenta de custodia global en el Bank of New York Mellon (BNYM) dentro de un plazo de 14 días. Una vez realizada la transferencia, BBank of New York MellonNYM deberá iniciar la entrega de esas acciones a los beneficiarios del fallo, o a quienes estos designen, en el término de un día hábil. Con este paso, el control accionario de YPF podría quedar en manos de capitales privados internacionales.

Este fallo, que representa un hito legal con impacto geopolítico, no solo afecta directamente a la mayor empresa energética del país, sino que también reconfigura el escenario para sectores estratégicos como la minería y los hidrocarburos. La pérdida del control estatal sobre YPF implicaría una profunda alteración en las políticas públicas vinculadas al desarrollo de energías convencionales y no convencionales, así como a la articulación logística de insumos críticos para la minería del litio, el cobre y otros minerales clave.

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La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York

Más allá del plano económico, el fallo ratifica la seriedad del litigio internacional que se originó tras la expropiación de YPF en 2012, cuando el Estado argentino, bajo el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, recuperó el control de la compañía sin seguir los mecanismos previstos por su estatuto societario. Este incumplimiento fue considerado una violación de derechos contractuales por parte del fondo Burford Capital y otros demandantes, que luego adquirieron la posición legal de los antiguos accionistas afectados.

En términos legales, el texto de la sentencia también desestima la solicitud de Argentina para celebrar una nueva audiencia oral, considerando que los elementos presentados fueron suficientes para tomar la decisión. La jueza Preska instruyó además el cierre formal de los expedientes judiciales relacionados con el caso, consolidando así un proceso que ya no admite mayores dilaciones en su ejecución.

En un momento en que Argentina apuesta por potenciar sus sectores productivos exportadores —con la minería del litio como emblema de futuro—, este fallo representa un retroceso que podría condicionar las estrategias energéticas necesarias para el desarrollo de grandes proyectos en la región del NOA y la Patagonia. La pérdida del control sobre YPF no es solo una cuestión patrimonial: es una cuestión de soberanía energética.

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Parte del fallo de la jueza Loretta Preska.

El impacto político y económico de esta decisión, que podría materializarse en las próximas semanas, dependerá ahora de las estrategias legales, diplomáticas y financieras que emprenda el gobierno argentino para mitigar los efectos. Lo que está claro es que el país enfrenta un nuevo capítulo en su ya compleja relación con la justicia internacional y con su propio pasado reciente. 

Según las proyecciones presentadas, la compañía prevé alcanzar una producción total operada de hidrocarburos superior a los 2 millones de barriles equivalentes por día (kboe/d) hacia 2030, más que duplicando el volumen en seis años.

En el desglose, se proyecta que la producción de petróleo crecerá de 410 mil barriles diarios a 820 mil, mientras que la de gas natural subirá de 68 millones de metros cúbicos por día (MMm³/d) a 174 MMm³/d.

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