






La Cámara de la Minería de Salta pide aclaraciones en la Ley de Glaciares para dar previsibilidad al sector
Martín Rodríguez








La Ley de Glaciares (26.639), concebida para proteger los glaciares y el ambiente periglaciar como reservas estratégicas de recursos hídricos, se ha convertido con el paso del tiempo en un marco normativo atravesado por indefiniciones que impactan de manera directa en el desarrollo de la actividad minera y de otras iniciativas productivas. Si bien existe un consenso amplio y unánime respecto de la necesidad de preservar aquellos glaciares y ambientes periglaciares que cumplen un rol clave en la provisión y regulación del agua, la falta de precisiones en la ley genera un escenario de incertidumbre que dificulta la planificación de inversiones y la ejecución de proyectos bajo criterios de desarrollo sostenible.
La ausencia de criterios claros para determinar qué formaciones deben ser consideradas efectivamente “reservas estratégicas de recursos hídricos”, así como la indefinición sobre el rol que les corresponde a las provincias —titulares constitucionales de los recursos naturales— en su identificación y delimitación, ha derivado en interpretaciones dispares y conflictos que exceden el objetivo original de la norma. En este contexto, distintos actores del sector minero, como la Cámara de la Minería de Salta (CMS), advierten que avanzar en aclaraciones técnicas y jurídicas, basadas en estudios específicos y en el diálogo federal, resulta clave para compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo productivo, evitando que la ambigüedad legal se transforme en un freno estructural para la minería y otras actividades esenciales para el crecimiento económico del país.
En un comunicado publicado en sus redes sociales, La CMS manifiestó su "total acuerdo y compromiso" con el objetivo de proteger “los Glaciares y el ambiente Periglaciar como reservas estratégicas de recursos hídricos. Así quedó plasmado en el artículo 1° de la Ley 26.639 (“Ley de Glaciares”), dado que éste fue el espíritu de los debates legislativos que precedieron a la sanción de dicha ley. No hay dudas y el consenso es unánime: los glaciares y el ambiente periglaciar que constituyan reservas estratégicas de recursos hídricos deben protegerse", destaca el comunicado.


La entidad que agrupa a las principales mineras que operan en la provincia, remarcó que la Ley de Glaciares requiere aclaraciones porque no todos los glaciares y ambiente periglaciar constituyen “reservas estratégicas de recursos hídricos”. Así, la ley debe aclarar que la determinación de los glaciares y ambiente periglaciar que cumplen dicho recaudo debe realizarse, de acuerdo con la opinión de expertos, caso por caso y en base a estudios específicos que lo sustenten.
"Asimismo, debe definirse el rol de las provincias, que según lo establece nuestra Constitución Nacional son las titulares de los recursos naturales existentes en sus territorios, en la determinación y delimitación de los glaciares y ambiente periglaciar que resultan objeto de protección. Una efectiva redacción, que elimine la incertidumbre existente, permitirá que actividades productivas y de desarrollo de infraestructura puedan realizarse en un marco de total respeto por el cuidado ambiental en general y del recurso hídrico en particular, permitiendo que miles de argentinos accedan a trabajar en actividades nobles e imprescindibles para la vida moderna, mejorando la calidad de vida de sus familias y contribuyendo al tan necesario desarrollo económico del país", expresa el documento.
El comunicado señala lo que dijo la Corte Suprema de Justicia de la Nación al referirse a la Ley de Glaciares que su problemática debe resolverse “por el diálogo federal antes que por la intervención de los jueces”.
"Es tiempo de ejecutar esa solución concertada. Las aclaraciones que exige la Ley de Glaciares requieren el diálogo y la actuación conjunta y coordinada de las autoridades nacionales y provinciales, tal como se ha llevado adelante recientemente, para proteger a los glaciares y el ambiente periglaciar que constituyan reservas estratégicas de recursos hídricos. Ello, por supuesto, considerando que la citada protección no resulta incompatible con el desarrollo sostenible", finaliza el texto publicado.






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