






Ley de Glaciares: el Congreso analiza una reforma clave que podría destrabar inversiones millonarias en minería






El Congreso se prepara para debatir una de las reformas más sensibles para el futuro productivo y ambiental del país, la modificación de la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial. El tratamiento en el recinto del Senado de la Nación es seguido con expectativa por el sector minero, que considera que la norma vigente genera “incertidumbre regulatoria” y desalienta inversiones estratégicas.




Sancionada en 2010, la Ley de Glaciares estableció la prohibición de actividades que puedan afectar glaciares y ambientes periglaciares, con el objetivo de resguardar reservas estratégicas de agua. Sin embargo, desde el ámbito empresario sostienen que la redacción actual presenta ambigüedades técnicas, especialmente en la definición del ambiente periglacial, lo que habilitó interpretaciones judiciales dispares y medidas cautelares que paralizaron proyectos de gran escala.
Uno de los puntos centrales del debate es la actualización del Inventario Nacional de Glaciares, a cargo del IANIGLA. Si bien en 2024 se presentó una actualización para los Andes Desérticos -que abarcan Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja y el norte de San Juan-, los Andes Centrales, donde se concentran importantes proyectos cupríferos, continúan con datos considerados desactualizados por el sector. Para los impulsores de la reforma, esta situación genera un “inventario estático” que no contempla la dinámica del cambio climático ni la evolución de las geoformas.






La propuesta oficial busca redefinir el concepto de ambiente periglacial bajo el criterio de “Función Hídrica Estratégica”. En términos técnicos, se plantea diferenciar entre glaciares descubiertos, glaciares cubiertos y glaciares de escombros, estableciendo que la protección estricta debe recaer sobre aquellos cuerpos que efectivamente actúan como reservas de agua. La discusión se apoya en estudios de campo de segundo y tercer nivel, incluyendo técnicas como la perforación sónica, que permite verificar la presencia real de hielo sin alterar las muestras.
Para el sector minero, este cambio permitiría superar los llamados “falsos positivos” generados por relevamientos satelitales con resolución de una hectárea, que incluirían áreas sin relevancia hídrica real. La reforma también propone fortalecer el rol de las provincias en la delimitación de geoformas con función hídrica estratégica, en línea con los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional, que reconocen el dominio originario de los recursos naturales.
Desde esta perspectiva, la descentralización permitiría mayor agilidad en las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y evitaría que demoras administrativas del inventario nacional frenen autorizaciones provinciales. Además, el proyecto incorpora la figura de “presunción de protección”: toda geoforma inventariada se considerará protegida hasta que estudios técnicos verifiquen la ausencia de función hídrica relevante.
El trasfondo económico es determinante. Según estimaciones del sector, existen inversiones latentes por decenas millones de dóleres, principalmente vinculadas a proyectos de cobre y otros minerales críticos para la transición energética. El grueso corresponde a iniciativas de clase mundial como Vicuña, El Pachón y MARA, a las que se suman emprendimientos en exploración avanzada. Los empresarios sostienen que, sin claridad normativa, el riesgo ambiental percibido bloquea financiamiento internacional, incluso en el marco del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
La minería, además, es presentada como un motor de desarrollo federal que involucra a unas 4.000 Pymes proveedoras y genera empleo directo e indirecto para miles de familias, con fuerte presencia en regiones cordilleranas y participación de comunidades originarias en la cadena de valor.
Sin embargo, la reforma no está exenta de críticas. Organizaciones ambientalistas y sectores de la oposición advierten que modificar la ley podría debilitar la protección de reservas estratégicas de agua en un contexto de crisis climática y retroceso glaciar. Cuestionan especialmente la redefinición del ambiente periglacial, al considerar que podría reducir el área bajo tutela y habilitar actividades extractivas en zonas frágiles.
También señalan que delegar mayores facultades en las provincias podría generar asimetrías en los estándares de control ambiental y conflictos de interés, dado que las jurisdicciones son a la vez promotoras de inversiones y autoridades de aplicación. Otro de los puntos señalados es que el principio precautorio, consagrado en la legislación ambiental argentina, no debería flexibilizarse frente a presiones económicas.
Además, críticos de la reforma sostienen que el problema no radica en la ley sino en su cumplimiento y actualización técnica, y que la solución debería ser fortalecer el inventario y los mecanismos de control, no modificar el alcance de la protección. Temen que una redefinición basada exclusivamente en la “función hídrica comprobada” deje desprotegidas geoformas cuya importancia podría evidenciarse a largo plazo.
En este escenario, el debate parlamentario se perfila como un punto de inflexión. Para el oficialismo y el sector minero, la reforma representa la posibilidad de dotar de seguridad jurídica a una actividad clave para la transición energética global. Para sus detractores, se trata de una discusión que pone en juego el resguardo de bienes comunes estratégicos.
Esta semana, el Congreso no solo discutirá una norma técnica, sino que estará definiendo el equilibrio entre desarrollo productivo, federalismo y protección ambiental.






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