






El Senado debete la Ley de Glaciares: mirá cuáles son los pungtos claves para entender su relevancia de lo que se busca cambiar











El Senado trata el proyecto de ley que introduce modificaciones a la Ley de Glaciares y que apuntaría a “ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución nacional”.
Qué dice la Ley de Glaciares
La ley -sancionada en 2010- define como glaciar a toda masa de hielo, estable o que fluye lentamente, con o sin agua en su interior. Según la norma, en alta montaña, el ambiente periglacial comprende áreas con suelos congelados que actúan como reguladores del recurso hídrico, y en media y baja montaña a las zonas con suelos saturados en hielo que también cumplen funciones de reserva del agua.
En el artículo 6, la ley impide la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, y el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas.


Además, con el objetivo de individualizar todas las reservas hídricas existentes, la norma creó el Inventario Nacional de Glaciares, que debe actualizarse cada 5 años como máximo. Esta tarea es del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), un organismo que depende del Conicet.
Cuántos glaciares hay en Argentina
Según el Inventario Nacional de Glaciares del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, en Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo cuya superficie es cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados, lo que equivale a 41 veces a la Ciudad de Buenos Aires. La inmensa mayoría se encuentra en la Cordillera de los Andes y solo 890 en las Islas del Atlántico Sur.
El documento es de 2018 y la primera actualización se presentó en 2024, pero solo con datos de la región Andes Desérticos (Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja y el norte de San Juan) y se espera que en el corto plazo se den a conocer los datos de la región Andes Central (sur de San Juan, Mendoza y norte de Neuquén).
El inventario relevó solo glaciares mayores a una hectárea y, dentro del ambiente periglacial, únicamente a los glaciares de escombros (cuerpos de hielo cubiertos por fragmentos de roca) porque son los que pueden identificarse mediante imágenes satelitales y verificación en campo.
Estudios científicos registraron retrocesos en los glaciares en la última década, según datos del Ianigla de 2024. En el noroeste argentino, por ejemplo, se registró una reducción del 17% de hielo descubierto y una contracción del 23% en los manchones de nieve perenne. El principal factor señalado por la comunidad científica es el cambio climático.
Por qué importan los glaciares
Los glaciares constituyen una de las reservas de agua dulce — apta para el consumo humano— más importante de nuestro país, ya que alimentan las cuencas hidrográficas del territorio. Tanto los glaciares y el ambiente periglaciar cumplen un rol estratégico para la conservación de la biodiversidad y el funcionamiento de los ecosistemas en todo el país.
Un informe de las organizaciones Aves Argentinas, Fundación Vida Silvestre Argentina, WCS Argentina y Fundación Humedales/Wetlands precisa que los glaciares actúan como “tanques de agua” naturales, almacenando agua en forma de hielo y liberándola gradualmente a lo largo del año, especialmente en períodos de sequía.
“Los glaciares cubren menos del 0,25% de la superficie continental de Argentina, pero el agua que proveen alimenta ecosistemas y comunidades a cientos de kilómetros, siendo claves para la conservación de la biodiversidad argentina. Esta dependencia se está volviendo más crítica aún en un contexto de mayores temperaturas y menores precipitaciones que ya están afectando a gran parte del país”, señaló Mariano González Roglich, director de WCS Argentina.
Qué cambia con el proyecto de ley
Uno de los puntos claves de la reforma es la redefinición del objeto de protección. Mientras que la ley vigente ofrece un resguardo amplio a todos los glaciares y al ambiente periglacial como reservas estratégicas, el nuevo proyecto acota esta tutela a aquellos cuerpos de hielo que cumplan una “función hídrica efectiva” y relevante para la recarga de cuencas hidrográficas.
El proyecto propone que cada provincia determine qué glaciares protege y en cuáles se pueden habilitar actividades extractivas, como la minería.
Lo que dicen los expertos es que esto atenta contra el artículo 41 de la Constitución. Este artículo le da al Congreso la potestad de generar leyes de presupuestos mínimos ambientales como es la Ley de Glaciares. Es decir, de fijar una protección mínima y nacional que las provincias no pueden achicar.
Con estos cambios, se revertiría la lógica de los presupuestos mínimos porque el piso lo fijarán las provincias en función de si consideran importante el aporte de agua dulce que hace ese glaciar a su territorio. Esto podría generar conflictos entre jurisdicciones por el acceso al agua.
Los defensores de modificar la ley sostienen que la protección actual del ambiente periglacial es demasiado amplia e “indefinida”, lo que habilita bloqueos a proyectos mineros aún en zonas donde no habría verdaderos recursos hídricos.
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